El ayuntamiento de La Guardia recurrirá la sentencia del TSJA al considerar que se basa en un ‘manifiesto error’

La Guardia de Jaén (24 Ene 2017)

  • El alcalde guardeño ha asegurado que “nunca se denegó la convocatoria del Pleno, celebrándose el 12 de enero de 2016”
  • Recuerda que “nunca se denegó la información solicitada por el grupo municipal socialista”, no existiendo Decreto o Resolución denegatoria de tal información
  • Asegura que “si la sentencia alcanzase firmeza tras el recurso ante el Tribunal Supremo, no tendríamos ningún inconveniente en ejecutar la sentencia puesto que no tenemos nada que ocultar”

El alcalde de La Guardia, Juan Morillo ha querido aclarar hoy que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía relativa a la polémica surgida tras el hundimiento de unas viviendas y la cripta del Convento de los Dominicos “no es firme”. Además ha lamentado las declaraciones de Juan Jesús Torre y recuerda que “el portavoz socialista ha olvidado precisar este matiz y que la sentencia aún no es firme”.

Siguiendo con la recomendación de los servicios jurídicos municipales, “este ayuntamiento la va a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo”, ha apuntado Morillo. Dicha sentencia se basa “en un manifiesto error al considerar de manera equívoca que esta Alcaldía denegó la convocatoria del Pleno solicitado por el grupo socialista cuando, tal y como reconoce el propio Juan Jesús Torres, ese pleno se celebró el 12 de enero de 2016 y las mociones presentadas por la oposición fueron cumplidamente debatidas y rechazadas por la mayoría corporativa”, ha explicado.

En cualquier caso, aclara el alcalde de La Guardia, si la sentencia alcanzase firmeza tras el recurso ante el Tribunal Supremo, “no tendríamos ningún inconveniente en ejecutar la sentencia” dado que el Juzgado solo obliga al Ayuntamiento a repetir nuevamente el pleno, con la puesta a disposición de los concejales de la documentación requerida. “Es evidente que esta Alcaldía no tiene nada que ocultar porque, lógicamente, no es responsable de las roturas de las tuberías de agua que produjeron los hundimientos”, ha manifestado el edil guardeño.

Asimismo, Juan Morillo ha querido dejar claro que “nunca denegué la información solicitada por el grupo municipal socialista”,  no existiendo Decreto o Resolución denegatoria de tal información. Lo que ocurrió, aclara, “es que el portavoz socialista no ejerció su derecho correctamente, requiriendo a los servicios municipales para que le entregaran la documentación correspondiente toda vez que, según la normativa legal, dicha documentación se entendía concedida por silencio administrativo positivo”.

Precisamente existe una sentencia ‘firme’ del mismo Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Jaén, número 264, de fecha 2 de mayo de 2013 que desestimó la demanda de la oposición municipal en un proceso en el que se trató la misma problemática sobre el acceso de los concejales de la oposición a la información municipal y “estableció que los concejales de La Guardia no pueden desarrollar su función como quieran si no a través de los correspondientes cauces y requisitos legales”, ha concluido Morillo.

 




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